lunes, 28 de agosto de 2017

IDT promulgó una ordenanza que regula el horario de finalización de las reuniones bailables

Imagen ilustrativa. Foto: Archivo.

Lunes 28 de agosto de 2017. – A través de la Resolución Nº 1419/2017 de fecha 9 de Agosto de 2017, el Ejecutivo Departamental, teniendo en cuenta la compleja casuística existente en materia de espectáculos públicos, especialmente bailables que se realizan en diversas instalaciones del departamento.

Resultando que la misma debe ser, a entender del Ejecutivo, regulada, buscando la armonía y respetando los derechos de los ciudadanos. 

Considerando el marco normativo departamental aplicable tales como la Ordenanza para la Corrección de la Contaminación Acústica y la Ordenanza de Espectáculos Públicos, donde se refiere que la aislación o incidencia en el entorno de las salas bailables será el limitante que determinará la cantidad de fechas mensuales, los días y el horario para ser usada (art. 5º Decreto 02/2007). 

El intendente de Tacuarembó, Resuelve:

1) Fíjese el horario de finalización de las reuniones bailables autorizadas por la Intendencia a la hora 06:00 debiendo finalizar la emisión de música indefectiblemente a esa hora.

2) En caso de incumplimiento se aplicarán las sanciones establecidas en las normas vigentes (Ley 9515 Artículo 19/ Ley 15851 Artículo 210).

Dr. Eber da Rosa Vázquez, intendente Departamental; Dr. José Omar Menéndez Balsemao, secretario general.

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