viernes, 13 de abril de 2018

Acreditación del pago del Impuesto de Enseñanza Primaria



Viernes 13 de abril de 2018. – La Dirección General Impositiva ha emitido la Resolución 2453/2018 (10 de abril de 2018), la cual establece que el pago del Impuesto de Enseñanza Primaria se acreditará con el pago correspondiente al último ejercicio o cuota vencidos.

A partir del 9 de abril de 2018 y hasta el día 17 de junio de 2018, el pago del impuesto de enseñanza primaria, se acreditará con el comprobante de pago correspondiente al último ejercicio o cuota vencidos, el que oficiará como constancia a tales efectos.

Durante el período indicado en el numeral anterior, el contralor de las exoneraciones del referido impuesto se efectuará con la resolución que oportunamente hubiera emitido la Gerencia de Recursos Propios en uso de atribuciones delegadas por el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública.

En los casos en que el contribuyente no cuente con la referida resolución deberá acreditar los extremos configurativos de la exoneración y de su vinculación jurídica con el padrón que desee amparar a la misma, ante la División Atención y Asistencia.

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