Mediante
una resolución emitida este lunes, el prosecretario de la Presidencia, Juan
Andrés Roballo, comunicó a todos los organismos del Estado que, mientras
permanezcan vigente la advertencia color rojo en los distintos departamentos,
deben suspender sus actividades asociadas al riesgo que conlleva las
condiciones meteorológicas reinantes, sin que ello afecte las retribuciones
correspondientes.
Comunicado
de la Prosecretaría de la Presidencia:
Montevideo,
18 de abril de 2016.
Atento.
A las condiciones meteorológicas difundidas por el Instituto Uruguayo de
Meteorología.
Resultando.
I. Que dicho organismo emitirá una advertencia de nivel rojo por tormentas
fuertes, lluvias torrenciales y vientos que podrían superar los 120 kms por
hora en los Departamentos de Paysandú, Salto, Flores, Rocha, Maldonado, Río
Negro, Soriano, Tacuarembó, Durazno, Treinta y Tres, Cerro Largo, Florida y
Lavalleja.
II. Que
dichas condiciones se registrarían entre la hora 00:00 del día 19 de abril del
corriente, hasta la hora 12:00 del mismo día.
Considerando.
I. Que entre los cometidos del Sistema Nacional de Emergencias, está el de
velar por la protección de las personas ante el acaecimiento eventual o real de
situaciones de emergencia o desastre (artículo 1° de la ley 18.621).
II. Que
las acciones programadas y cumplidas en el marco del funcionamiento del Sistema
Nacional de Emergencias, son de orden público y su cumplimiento es obligatorio,
sin perjuicio de las garantías constitucionales y legales vigentes (artículo 3°
lit. H de la ley 18.621).
III.
Que la dirección superior del Sistema Nacional de Emergencias corresponde al
Poder Ejecutivo, siendo la instancia superior de decisión y coordinación del
sistema (artículo 168 de la Constitución de la República).
IV. Que
por resolución del Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros,
n° 478/015 del 7 de abril de 2015, se designó responsable de la Dirección
Superior del Sistema Nacional de Emergencias, al Prosecretario de la
Presidencia de la República.
Atento.
A lo precedentemente expuesto y lo dispuesto por la ley 18.621, la Resolución
del Poder Ejecutivo, n° 478/015 del 7 de abril de 2015, y toda normativa
concordante y complementaria;
El
Prosecretario de la Presidencia de la República, resuelve:
1.
Comunícase a todos los organismos del Estado que, mientras dure la alerta de
nivel rojo en los Departamentos indicados por el Instituto Uruguayo de
Meteorología, los mismos deberán suspender toda actividad asociada al riesgo
que conlleva la condición meteorológica indicada, sin afectación de la
retribución correspondiente a los funcionarios de dichos organismos.
2. Las
excepciones derivadas de servicios públicos que involucren la realización de
cometidos esenciales del Estado (salud, seguridad, monitoreo meteorológico,
etc.), se administrarán por el jerarca correspondiente tomando en consideración
el riesgo y la vulnerabilidad para el funcionario y la población objetivo
vinculada al servicio de que se trate.
3. Se
exhorta a los distintos ámbitos de la actividad privada sigan lo dispuesto
precedentemente, con la adopción de los criterios enunciados.
4. Se
exhorta a la población de dichos Departamentos, que siga las recomendaciones
publicadas por el Sistema Nacional de Emergencias.
5. Dése
la más amplia difusión de la presente resolución.
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